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lunes, 10 de septiembre de 2012

Argentina: Macri, aborto & Cía.

El Gobierno porteño reglamentó el aborto no punible

6 meses después del fallo de la Corte Suprema que habilitó el aborto no punible en casos de violación, el Gobierno porteño reglamentó el procedimiento para la interrupción de embarazos en los casos contemplados por la ley. A diferencia de otros distritos, la Ciudad requerirá que en los casos de mujeres discapacitadas o menores de edad sean informadas "las personas que por ley ejerzan su representación legal".

El ministerio de Salud porteño reglamentó el aborto no punible en la Capital y determinó las condiciones que se exigirán para interrumpir el embarazo.
 
Según señala la resolución, se pedirá una declaración jurada o denuncia policial en los casos de violación. Los menores y discapacitados tendrán que informar a sus padres y se pondrá como límite 12 semanas de gestación para el procedimiento.
 
La resolución 1252 fue firmada el jueves pasado por el ministro de Salud porteño, Jorge Lemus, pero el documento trascendió este lunes (10/09).
 
Para los casos de personas que hayan quedado embarazadas por un abuso sexual, el gobierno porteño aclara que deberá realizarse con una denuncia policial o una declaración jurada "sin necesidad de requerir autorización judicial" dentro "del límite gestacional de doce (12) semanas, con el correlato ecográfico correspondiente".
 

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