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lunes, 23 de julio de 2012

Venezuela: nueva política cambiaria


Iraníes, chinos y rusos tendrán facilidad para manejar dólares

Yasmín Ojeda

El convenio cambiario 20 emitido por el Banco Central de Venezuela, autorizado por el Ministerio de Planificación y Finanzas, permite a empresas “no domiciliadas en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela” tener cuentas bancarias en divisas, publicó La Verdad.
El acuerdo, que señala además disposiciones a personas naturales y los deberes de las entidades bancarias al recibir los depósitos en moneda extranjera, precisa que las “personas jurídicas no domiciliadas” que podrán “mantener” cuentas en dólares serán las “que participen en la ejecución de proyectos de inversión pública estratégico para el desarrollo de la economía nacional y de estímulo a la oferta productiva”.
Las alianzas con Rusia, China, Irán, Bielorrusia, Brasil, Argentina, Cuba, Nicaragua, entre otros países para desarrollar planes (vivienda, alimentos, manufactura, metalurgia, energía) tienen el requisito explícito citado por el BCV: productivo, según las resoluciones de intención destacadas en los convenios binacionales.
Las empresas de esos países -junto a otras con aprobación- podrán movilizar “mediante retiros totales o parciales en moneda de curso legal en el país, al tipo de cambio vigente o mediante transferencia o cheque del banco depositario girado contra sus corresponsables en el exterior” fondo ahorrados en divisas.

Leeraquí: www.lapatilla.com

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